<p></p>
<p>En los sistemas democráticos, la renovación de los poderes ejecutivos y legislativos es práctica normal. En el poder judicial, por el contrario, es saludable que sus integrantes tengan carácter vitalicio a fin de que la experiencia garantice estabilidad y continuidad institucional.</p>
<p>El mecanismo para resolver el proceso electoral resulta de la emisión de los votos ciudadanos — hombres y mujeres mayores de 18 años — que son contados en la lógica del “sufragio efectivo” consagrado en la Constitución. </p>