La Acción de la Esperanza

LA COLUMNA VERTEBRAL
El Soporte Informativo Para Millones de Hispanos
Por Luisa Fernanda Montero

El debate en torno a la Acción Diferida para los Jóvenes Llegados en la Infancia ha tomado diferentes rumbos. Es lógico que así ocurra en momentos en que la cosa política está que arde, republicanos y demócratas buscan sus votos a las puertas de las elecciones presidenciales y la comunidad hispana sigue esperando respuestas.

Yo lo que sé, porque lo he visto, es que aunque no es una solución definitiva, la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia – DACA – le da una esperanza a millones de jóvenes que hasta hace muy pocos días no tenían ninguna.

Es un comienzo, o como lo dice Daniel Pacheco, un joven inmigrante colombiano beneficiado con la medida, un primer paso en la dirección correcta.

Por eso es fundamental que no desaprovechemos la oportunidad. Como comunidad debemos ir de la mano de nuestros jóvenes y acompañarlos paso a paso en el proceso que deben seguir para obtener los beneficios de la acción diferida.

Es bien sabido que en asuntos de inmigración cualquier imprecisión puede tener consecuencias nefastas. El Departamento de Seguridad Nacional ha dejado muy claro que ejercerá su discreción procesal para asegurar que sus recursos legales no serán utilizados en casos de escasa prioridad, como lo son aquellos relacionados con individuos que fueron traídos a Estados Unidos siendo menores y que cumplen con ciertos criterios.

Es el Departamento el que decide quien es prioritario y quien no. Por eso a la hora de diligenciar los formularios – I-821D, I-765 e I-765WS – es preciso asegurarnos de que no existan imprecisiones, errores o evasiones. Un descuido puede implicar que se niegue la acción diferida, con el agravante de que no existe posibilidad de apelación.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos – USCIS – no revisará sus determinaciones discrecionales, a no ser que se pruebe un error administrativo de su parte. Es mejor evitar que tener que lamentar.

Recuerde que son consideradas para la acción diferida aquellas personas que tenían menos de 31 años el 15 de junio de 2012, habían residido continuamente en los Estados Unidos por un período mínimo de cinco años antes del 15 de junio de 2012, estaban físicamente en el país a esa fecha y estuvieron presentes el 15 de junio de 2012 así como al momento de solicitar la acción diferida ante USCIS.

Los solicitantes deben además haber entrado sin inspección antes del 15 de junio de 2012 o demostrar que su estatus legal de inmigración expiró para esa fecha, estar asistiendo a la escuela, haberse graduado de la escuela superior, poseer un Certificado de Educación General – GED – o haber servido honorablemente en la Guardia Costera o en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.

No es vano recalcar que quienes pretendan beneficiarse de este recurso no pueden haber sido encontrados culpables de ningún tipo de delito o representar una amenaza a la seguridad nacional o pública.

Por último, desconfié. No sea blanco fácil de estafadores o delincuentes. No le crea a nadie que asegure ser capaz de acelerar su proceso después de recibir el pago de cualquier cantidad de dinero. No existe ningún procesamiento acelerado para la acción diferida.

Confíe en las fuentes oficiales como USCIS o el Departamento de Seguridad Nacional. Acuda a los centros comunitarios de su área en los que cree o busque ayuda profesional de honestidad comprobada. No se deje engañar y recuerde que cualquier tentativa de fraude puede implicar un proceso criminal en su contra o la deportación de Estados Unidos.

En www.uscis.gov/espanol puede encontrar toda la información necesaria en su idioma y si necesita saber más puede llamar a USCIS al 1-800-375-5283.