Nuevas Regulaciones DMV

Por Estephania Baez

Este primero de enero entraron en vigor diez nuevas normas emitidas por el Departamento de Vehículos Motorizados de California, en donde destaca una nueva normativa que afectarán en su mayoría a los usuarios que provienen de Baja California y que soliciten licencia de conducir en el Estado.

“Esta entrará en efecto el primero de julio pero ya se está preparando. Establece que todas las personas que soliciten su licencia de manejar por primera vez en California van a tener que demostrar que son residentes de California, esto no tendrá nada que ver con las personas indocumentadas que pueden solicitar su licencia bajo la ley AB60, pues esa ley ya establece que ellos tenían que demostrar su residencia de California”. Armando Botello Director de Comunicación del DMV de California.

Una de  las normas que han generado más controversia entre los usuarios, es la regulación de patinetas y bicicletas motorizadas.

“Una de las leyes principales que entró en vigor este año, tiene que ver con las patinetas eléctricas que están muy de moda. Las personas que las manejen tienen que tener una edad mínima de 16 años, además también tienen que obedecer las leyes relacionadas con conducir en estado de ebriedad o bajo el efecto de las drogas, así es que también se les harán exámenes a estas personas si son encontradas conduciendo estas patinetas en estado de ebriedad” Agregó Armando Botello, Director de Comunicación del Departamento de Vehículos Motorizados de California.

Dicha Ley en Materia de Patinetas Impulsadas por Motor Eléctrico estipula la definición de las mismas, y limita su operación en instalaciones del orden público, exige que estén equipadas con equipo de seguridad, y faculta a municipios y condados para normar su uso. Asimismo, estipula que constituye un delito el operar una patineta motorizada bajo la influencia de alcohol o estupefacientes. Además, limita el uso de éstas a personas mayores de 16 años de edad y exige el uso de cascos para bicicleta y de equipo de seguridad para mejorar su visibilidad en horarios nocturnos, y limita su operación a vialidades con límites de velocidad de 35 millas por hora o menores. Las multas por incumplir con esta normatividad pueden ascender hasta los $250 dólares.

Sin embargo, la mayoría de los solicitantes establecieron desconocer estas nuevas normativas, mientras que otros manifestaron su inconformidad ante los largos tiempos de espera que se registran al momento de realizar un trámite
“No, no sabía, no me habían informado absolutamente nada” – destacó Arely Fraijo quien acudió al DMV de San Ysidro a realizar la renovación de sus placas.

“El asunto aquí es que están tardando mucho, yo vengo por dos permisos, me tocó el número 50 y ya tengo dos horas entonces pierde uno demasiado tiempo, viene uno más tarde para agilizar el asunto pero llegas después de las 3 y solo te aceptan un trámite”. Señaló Armando Lapuente  Otro de los cambios es que la vigencia de ley piloto de dispositivo interruptor de encendido (marcha) se prorrogará hasta el primero de julio del 2017; la norma estipula que cualquier persona encontrada culpable de conducir bajo la influencia de alcohol o estupefacientes deberá instalar un alcoholímetro que permite encender el vehículo durante un periodo de cinco meses por su primer delito, doce por el segundo delito, veinticuatro por el tercero y 36 meses por el cuarto y subsiguientes delitos. El programa piloto originalmente estaba programado para vencer el primero de enero del 2016.

Otra de las normas es la amnistía de deudas y multas de tránsito, en donde una persona que es elegible para el programa queda libre de estos pagos. Se es elegible si un individuo no ha hecho ningún pago después del 30 de septiembre del 2015 por multas o fianzas debidas con anterioridad.

La enmienda a la ley en materia de auriculares o audífonos prohíbe el uso de auriculares en ambos oídos mientras se conduce un vehículo motorizado o bicicleta; esta normativa no aplica a quienes los utilicen como protección debido a que operan vehículos de emergencia o de construcción.
La ley de vehículos y pedales se amplía para incluir a vehículos de cuatro ruedas que sean propulsados por pedales, que cuenten con asientos para ocho o más pasajeros, no pueda transitar a más de 15 millas por hora, y se utilice para el transporte de pasajeros mediante un esquema de cobro por pasaje.

En cuanto al uso de bicicletas eléctricas, tendrán que ser certificadas por los fabricantes y los operadores podrán utilizar las calles de una manera similar a la de otros ciclistas.

Las Empresas de Red de Transporte ahora tendrán la obligación de participar en el programa de Informe de Antecedentes Viales al Empleador. Se define como Empresa de Red de Transporte a toda aquella que ofrezca servicios pre-programados de transporte a cambio de compensación mediante una plataforma en internet o aplicación en línea que permita al usuario enlazarse con conductores de vehículos particulares que ofrezcan traslado de pasajeros. Este programa pondrá a disposición de la empresa de red de transporte un informe de antecedentes viales del conductor, según obren en archivo con las autoridades, así como notificaciones inmediatas de infracciones de tránsito, accidentes suspensiones o revocaciones de su licencia de conducir, y cualquier otra sanción impuesta en contra su derecho a conducir.

Este año se implementó el nuevo programa de registro de votantes de California, el cual crea un proceso automático de registro para aquellas personas con derecho a ejercer el voto que soliciten una licencia de manejo o credencial de identidad, o que acudan a actualizar su domicilio ante el Departamento de Motores y Vehículos (DMV, por sus siglas en inglés).

La ley de protección al consumidor exige a lotes de autos usados que ofrezcan financiamiento propio llevar a cabo ciertas divulgaciones y presentar ciertos avisos al comprador cuando el vehículo cuente con  tecnología de rastreo e interrupción de encendido.

Sin duda la que más ha llamado la atención es la norma de comprobación de residencia, misma que entrará en vigor hasta el primero de julio de este año y exige a toda persona que solicite una licencia de manejo o credencial de identidad original proporcionar comprobante de domicilio físico en California.

Todas las normativas pueden consultarse en su texto original en la página oficial del Departamento de Vehículos Motorizados de California. www.dmv.ca.gov