Querido Abogado: ¿Cómo me hago ciudadano?

La Columna Vertebral
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Por Silverio Coy, Abogado Migratorio

Todos sabemos que convertirse en ciudadano de un país de donde no somos provenientes, no es tarea fácil. Sin embargo, existen varias formas para volverse ciudadano americano y los beneficios son muchos. Es importante saber el proceso y los requerimientos para conseguir la ciudadanía.

La ciudadanía Americana se adquiere por nacimiento, derivación o naturalización. Una persona es americana al nacer en territorio de los EUA, pero también lo es, si nace en territorio extranjero y sus padres americanos lo registran en la embajada de EUA de tal país.

La derivación, aunque similar, es un proceso distinto. Cuando una madre o padre americano, reconoce a su hijo, que nació en el extranjero, y puede demostrar la maternidad o paternidad, es entonces un ciudadano americano por derivación. ¿Qué sucede si los padres obtienen la ciudadanía por naturalización? El hijo menor de 18 años debe entrar a territorio de EUA por medio de una visa, y después obtiene la ciudadanía bajo el proceso por derivación.

El modo de convertirse en ciudadano americano tal vez más largo y con más requisitos es el de naturalización. Muchas veces, nosotros los inmigrantes en EUA, nos alejamos del proceso porque no lo entendemos o porque no sabemos exactamente cómo seguir los pasos adecuados.

Primero, tenemos que saber que el proceso de naturalización comienza cuando la persona extranjera, obtiene la residencia permanente en los EUA por medio de petición familiar, de trabajo, de inversionista o de asilo político. Es aquí donde comienza el tedioso, pero necesario proceso. Se debe llenar el formulario N-400 que puede encontrar en www.uscis.gov además de los requisitos que se indican allí.

Antes de comenzar el proceso, tenga en cuenta los siguientes puntos:

Los extranjeros que deseamos obtener la ciudadanía americana, debemos tener cinco (5) años de residencia permanente en los EUA. La excepción es estar casado y conviviendo con un ciudadano(a) Americano(a), a través del cual obtuvo la residencia permanente. En este caso, solo son tres años de residencia permanente. Además, tenemos que haber vivido por lo menos tres (3) meses en el estado donde se busca pedir la ciudadanía Americana y debemos poder demostrar presencia física en EUA, por más de la mitad del total de cinco(5) años y haber mantenido un buen carácter moral por este tiempo.

Como muchos saben bien, se debe pasar un examen sobre la historia y gobierno de los EUA junto con un examen básico en inglés escrito y oral.

Hay, como en muchos casos, algunas excepciones. Por ejemplo, si el solicitante puede demostrar mediante prueba médica que es incapaz de aprender pero reúne los otros requisitos. Para esta excepción, es necesario un formulario firmado por un médico competente que haya examinado al paciente y que pueda determinar su incompetencia para el aprendizaje.

El solicitante, también, deberá demostrar que ha pagado sus impuestos federales y estatales y no tiene deudas con el gobierno de los EUA o el estado donde vive. Los solicitantes con hijos deberán demostrar que siempre les han dado soporte económico y no deben ningún cargo de manutención.

Aunque parezca mucha responsabilidad, obtener la ciudadanía, es el camino a mejorar nuestro estilo de vida en EUA. Por eso, siempre consulte a un abogado, tanto si tiene dudas, como si tiene algún récord criminal que tal vez pudiera descalificarlo para la ciudadanía americana.

Los inmigrantes de EUA tenemos deberes y derechos como residentes permanentes, pero obtener la ciudadanía nos protege bajo la Constitución, al no ser deportados de los EUA.

Para más información sobre ciudadanía y recursos de inmigración, visite www.laredhispana.org

Escrito por el Lic. Silverio Coy, abogado dedicado a servir a los menos privilegiados en la sociedad, especialmente a los inmigrantes en los Estados Unidos, y conductor pro bono del programa nacional de radio Bienvenidos a América.